El Gobierno nacional modificó el marco regulatorio del gas envasado y limitó la intervención estatal a la fiscalización de seguridad, dejando de tener injerencia en precios, oferta y demanda, mediante el Decreto 446/2025, publicado este jueves en el Boletín Oficial.
La normativa, que desregula el mercado de la industria y comercialización de Gas Licuado de Petróleo (GLP), restringe la tarea de la Secretaría de Energía como autoridad de aplicación "exclusivamente a la fiscalización del cumplimiento de los parámetros de seguridad correspondientes".
En este sentido, dispone que dicha labor se debe desempeñar "sin interferir en aspectos operativos que competen al funcionamiento del mercado, evitando intervenir en decisiones vinculadas a precios, oferta y demanda, las cuales deben quedar regidas por el funcionamiento libre y competitivo del mercado, que constituye el mecanismo más eficiente para asignar recursos y promover el desarrollo del sector".
Así, ahora los fraccionadores del fluido y las distribuidoras de garrafas no requerirán de la autorización previa para operar de la Secretaría de Energía, que limitará su actuación a cuestiones relacionadas con la seguridad del servicio.
Los argumentos de la desregulación
Al fundamentar la decisión, el Ejecutivo expuso en el texto oficial que "el régimen vigente otorga un rol protagónico a la autoridad de aplicación en materia de regulación económica, técnica y operativa, lo que ha generado en muchos casos sobrerregulación, duplicación de funciones, distorsiones de mercado y sobrecostos operativos que impactan negativamente en los precios al consumidor".
Asimismo, consideró que "el sector privado es el principal interesado en expandir la producción, el fraccionamiento y la comercialización de GLP, y posee la capacidad para mejorar la calidad del servicio, diversificar la oferta y optimizar la operación de la industria, incluyendo los mecanismos de canje de envases, contribuyendo de ese modo a garantizar el abastecimiento interno de GLP al menor costo posible para los consumidores".
Con la mencionada premisa, el decreto determinó que a partir de ahora se elimina la obligación de obtener autorización previa de la Secretaría de Energía para instalar nuevas plantas de fraccionamiento o ampliar las existentes.
Al respecto, precisó que "sólo resultaría suficiente que se cumpla con los requisitos establecidos en la ley y su reglamentación para poder operar en los distintos segmentos de la industria, sin necesidad de una autorización previa por parte de la Autoridad de Aplicación".
Por otra parte, el Gobierno autorizó la importación libre de gas licuado de petróleo sin otro requisito que el cumplimiento de la normativa vigente y sin necesidad de aprobación previa. Las exportaciones, en tanto, serán permitidas siempre que esté garantizado el volumen de abastecimiento del mercado interno.
Al argumentar las modificaciones en la regulación, el decreto argumentó que son "con el fin de adecuar sus disposiciones a una realidad operativa y productiva, dinámica, promoviendo una regulación moderna, eficiente y orientada al desarrollo del sector de GLP".
A contrarreloj
La modificación a la ley 26.020 que estableció en abril del 2005 el marco regulatorio del sector se formalizó a cinco días del vencimiento del plazo de delegación de facultades al Poder Ejecutivo que el Congreso concedió con la sanción de la Ley Bases, previsto para el 8 de julio y que el Gobierno decidió no prorrogar, de acuerdo con lo expresado por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.
Con información de NA y BAE
