Entrevista

Reclamos por la ilegalidad de las fotomultas: ¿cuándo son válidas?

El abogado Alfredo Gutiérrez Legrottaglie explicó cuándo y cómo se debe usar una fotomulta, la notificación al conductor y qué hacer si no se respeta la Ley de Tránsito.

Por María Emilia Iglesias

Existe la posibilidad de reclamar y hasta anular una fotomulta. — Ciudadano News

En el último tiempo creció considerablemente la cantidad de fotomultas en todo el país, situación que genera muchas dudas sobre los límites y hasta la legalidad de las mismas. Resulta que, como en otros casos, no todo es blanco o negro.

Esto es lo que dejó ver en Acceso Directo, de Ciudadano News, el abogado Alfredo Gutiérrez Legrottaglie, quien además escribió el primer libro en la Argentina sobre esta temática y su letra chica. "A quién no le ha llegado una fotomulta", empezó preguntando el especialista, planteando el puntapié que deja en claro cómo ha aumentado esta modalidad en la Argentina.

De acuerdo con Gutiérrez Legrottaglie, es muy habitual que una persona que estuvo en otra provincia pueda tener una fotomulta y "recién se entere al momento de renovar la licencia", es decir que ni siquiera haya sido notificado.

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"Ahí es donde empiezan las disconformidades de la gente", explicó el abogado e indicó que, si una persona se entera al momento de realizar un trámite, se ve obligada a pagar la fotomulta. "No le queda otra y pierde generalmente la posibilidad de defenderse", sentenció.

En cuanto a la legitimidad de las mismas, aclaró que el uso de cámaras es legal de acuerdo con la Ley de Tránsito más allá de que las provincias tengan autonomía y ciertas normativas propias. El problema es cuando se colocan las cámaras sin presencia policial y "directamente se toma una foto a una patente, que luego llega al domicilio del titular registral. Esto no está previsto en ninguna ley y mucho menos en la de tránsito", asegura Gutiérrez Legrottaglie.

Uno de los puntos más importantes a saber es que la ley establece que, al usar sistemas automáticos para captar infracciones de tránsito, se debe notificar al conductor en un radio de 10 kilómetros, "lo cual implica que se debe detener el vehículo e identificar a la persona que lo conduce para hacerle saber en ese mismo momento que cometió la infracción", aclaró el abogado.

La falta de tránsito debe ser informada en el momento al conductor de un vehículo

Todo esto significa que la fotomulta, en realidad, debe ser una prueba más que acompañe al fundamento de la infracción, lo que le servirá al agente de tránsito pero también al conductor. El escritor del libro se refirió a un "refuerzo o respaldo objetivo" que le permite a un juez constatar que efectivamente el hecho ocurrió y no se está inventando.

Por ese motivo es que se demuestra que, si bien las fotomultas son legales, no se utilizan de acuerdo a lo establecido en la Ley 24.449, ya que se envían sin el acta de la infracción. Así, el conductor o titular registral puede realizar su descargo dentro de los 5 días hábiles, según sus derechos establecidos en la Constitución Nacional.

Para este trámite, primero se debe saber cuál es el juzgado donde se radicó la falta, con el objetivo de saber en concreto cuál es la infracción y toda la información posible. Ahora bien, si llega desde otra provincia, la situación se complica.

"Sin embargo, la ley estableció un sistema a la distancia para estos casos", a pesar de que debería poder desarrollarse de forma totalmente online, según el especialista. En caso de que no llegue el acta y la persona no sea notificada, Gutiérrez Legrottaglie afirma que debería declararse la nulidad por no cumplir con el proceso.