Debido a la realización de trabajos de movimientos de suelo y movimientos de maquinas en un sector del Piedemonte sin la Declaración de Impacto Ambiental correspondiente, la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial resolvió suspender los emprendimientos hasta tanto los propietarios cumplan con la regularización ambiental, legal y administrativa.
Por Resolución N° 313/2019, en relación con el curso del procedimiento de control iniciado a través de inspecciones y análisis de imágenes satelitales en el área de terrenos afectados por el polígono del Piedemonte (Leyes Nros . 5804 Y 4886 – Dec . N° 1077/95), en el que se observa la ejecución de actividades de movimiento, acondicionamiento de suelos y trazado de calles, la Unidad de Evaluaciones Ambientales de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial procedió a la inmediata y total paralización y suspensión de toda actividad que se esté realizando en el sitio. https://www.ciudadanodiario.com.ar/nota/2019-7-31-7-55-38-intendentes-reclaman-fondos-para-gestion-de-residuos-urbanos
La Unidad de Evaluaciones Ambientales informa que se establece un plazo de cinco días contados a partir de la notificación de la presente resolución para que los responsables presenten el correspondiente descargo informando los motivos por los cuales se han iniciado los trabajos sin autorización. https://www.ciudadanodiario.com.ar/nota/2019-7-30-13-40-42-el-gobierno-de-cornejo-logro-una-reduccion-de-8-mil-empleados-publicos
Cabe destacar que los emprendimientos iniciados no registran ninguna denuncia de proyecto o iniciación de procedimiento alguno de evaluación en el marco de la Ley 5.961 y su Decreto Reglamentario Nº 2109/94.