Aplicaron multas millonarias por obras ilegales en el Piedemonte

El Gobierno paralizó a 135 titulares registrales

12 Abril de 2021 - 13:46

piedemonte
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12 Abril de 2021 / Ciudadano News / Sociedad

Debido a la realización de desmontes, trabajos de movimientos de suelo y movimientos de máquinas en un sector del piedemonte sin la Declaración de Impacto Ambiental correspondiente, la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial resolvió suspender los emprendimientos, hasta tanto los propietarios cumplan con la regularización ambiental, legal y administrativa.

Es importante que cada persona antes de comprar un terreno se informe correctamente por los organismos oficiales, ya sean de la provincia o el municipio y así evitar cualquier incumplimiento con las normativas vigentes”, expresó el secretario de Ambiente y Ordenamiento Territorial, Humberto Mingorance.

La Coordinadora de la Unidad de Evaluaciones Ambientales, Soledad Barros, afirmó: “El objeto de este acto administrativo es paralizar todas las obras denunciadas por la Municipalidad de Luján de Cuyo ya que se han detectado supuestos loteos que no están aprobados en el ámbito municipal".

En función de estas denuncias y luego de haber realizado inspecciones terrestres y aéreas, ratificaron que se está realizando desmontes, aperturas de calles y anegamiento de cauces aluvionales, incumpliendo así con la Ley 5961.

Barros explicó que de las denuncias recibidas se detectaron siete nomenclaturas catastrales que, enmarcadas en el modelo de condominio, están subdivididas en más de 135 condóminos.

Las nomenclaturas catastrales se identifican con las siguientes numeraciones:

MATRÍCULA: 0300547078 – CATASTRO: 030588234091269200004 MATRÍCULA: 0300547077 CATASTRO: 030588234091966200006 MATRICULA: 318579 CATASTRO: 030588230048102500008 MATRICULA: 149863 CATASTRO: 031688230048205000004 MATRICULA: 87389 CATASTRO: 030588230048304100001 MATRICULA: 432461 CATASTRO: 030588230047704000002 MATRICULA: 379577 CATASTRO: 060688230046804200001

“Todos los particulares que se vean afectados a la resolución publicada deberán hacer los reclamos pertinentes a los desarrolladores o propietarios del barrio al cual adquirieron la tierra, para exigirles el cumplimiento de todas las normativas para emprender un desarrollo inmobiliario”, concluyó la coordinadora.

Se estableció un plazo de cinco días, contados a partir de la notificación de la resolución, para que los responsables presentasen el correspondiente descargo informando los motivos por los cuales se han iniciado los trabajos sin autorización.

A tal efecto, y en consonancia con lo expuesto, la Secretaria de Ambiente y Ordenamiento Territorial, impuso dos multas, relacionadas con las acciones descriptas, a dos matrículas, cuyos montos ascienden en total $1.269.950, por el incumplimiento a la Legislación N° 5961, y su Decreto Reglamentario N° 2109/94. MATRICULA: 318579 CATASTRO: 030588230048102500008 – Sanción Impuesta $ 893.100. MATRICULA: 87389 CATASTRO: 030588230048304100001 – Sanción Impuesta $ 376.850.

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