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Elecciones: La prohibición menos conocida

Este fin de semana, Argentina entra en un "silencio". Todos sabemos que no se puede hacer campaña ni vender alcohol, pero existe una serie de reglas menos conocidas que podrían hacerte cometer una infracción sin siquiera darte cuenta, con multas que llegan hasta los $300.000.

Por Ciudadano.News

No compartas sondeos. — IA

La veda electoral, regulada por el Código Nacional Electoral, busca proteger la decisión del votante. Sin embargo, en la era digital, sus límites se vuelven más difusos. Y es precisamente una de estas "zonas grises" la que esconde la prohibición menos conocida y potencialmente más costosa.

No se trata de los actos públicos, que son fáciles de identificar. El verdadero riesgo está en la difusión de contenido en plataformas digitales. La ley prohíbe explícitamente "contratar o mantener publicidad política paga", pero también sanciona la publicación de "encuestas, sondeos o proyecciones" durante las 48 horas previas.

¿Qué significa esto en la práctica? Que compartir un sondeo de una consultora en tu grupo de WhatsApp o postear un "boca de urna" no oficial en X (antes Twitter) es una violación directa de la veda. Mientras que una persona física puede recibir multas de hasta $10.000, los candidatos, partidos o medios que infrinjan la ley pueden enfrentar sanciones de hasta $300.000.

La Cámara Nacional Electoral ha modernizado sus sistemas de denuncia, permitiendo reportes en línea. Por eso, antes de darle "compartir" a ese último sondeo que te llegó, piénsalo dos veces. Esa acción, que parece inofensiva, es una de las infracciones más comunes y vigiladas durante la jornada electoral.