Posibilidades

¿Le queda algún recurso a Cristina para ser candidata o zafar de la cárcel?

El aporte de un abogado constitucionalista entrevistado por el programa Círculo Político despeja dudas e hipótesis.

Enrique Villalobo

Por Enrique Villalobo

12 Junio de 2025 - 18:26

Cristina saluda desde su departamento
Cristina saluda desde su departamento Foto NA

12 Junio de 2025 / Ciudadano News / Política

Una de las hipótesis difundidas desde la defensa y los allegados a Cristina Kirchner es la posibilidad de recurrir a los organismos internacionales de derechos humanos y de justicia, y silos dictámenes de éstos son obligatorios para la Argentina.

Círculo Político (Lumes a viernes de 14 a 16 por FM91.7, Ciudadano News Radio y Twitch) se comunicó con el abogado especialista en Derecho Constitucional Christian Cao, quien indicó: "Es vinculante, una decisión dictada por un organismo internacional en el cual Argentina se haya comprometido a cumplir la sentencia, ahora, yo haría la pregunta de qué grado de viabilidad tendría un planteo en relación a cuestionar una sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Nación, ahí la respuesta podría ser bastante distinta".

 

Corte Interamericana de Derechos Humanos
Corte Interamericana de Derechos Humanos

-La Corte se ha tomado un trabajito extra que no solo es no hacer lugar sino argumentar punto por punto por qué no hizo lugar y ahí deja bastante mal parada la defensa de Cristina, ¿esto no desinfla un poco cualquier recurso posible?

-Por eso es el argumento que no tendría mucha viabilidad un planteo ante un tribunal internacional justamente por ese asunto, porque la Corte al haber analizado y refutado cada uno de los argumentos presentados por los abogados de los imputados, explicó el por qué no hay lesión a ningún derecho constitucional del débito proceso  y por lo tanto, si sostenemos que un tribunal internacional solamente analizaría una agresión a un derecho constitucional o una garantía del debido proceso  no le queda mucho asidero para que un tribunal internacional pueda revocar una sentencia de un órgano supremo máximo como es la Corte Suprema de la Argentina.

-Ha habido estos días cataratas de opiniones e interpretación, ¿la pena de inhabilitación perpetua puede ser planteada como inconstitucional?

-Lo que estamos hablamos de pena perpetua no es una pena privativa de libertad en donde podría haber un cuestionamiento y ya la Corte Suprema de Justicia de la Nación dijo algo respecto a la constitucionalidad de la pena de prisión perpetua.

 

Rosatti, Rozenkrantz y Lorenzetti
Rosatti, Rozenkrantz y Lorenzetti

"Acá estamos hablando de una pena de inhabilitación de ejercer un cargo público a perpetuidad, es muy distinto, la lesión a un bien jurídico es diferente, uno puede tener una inhabilitación a perpetuidad  de cumplir una tarea, ejercer un cargo público y es muy distinto a una pena privativa o de prisión perpetua, son afectaciones a dos intereses distintos, por lo tanto, hacer énfasis en que lo que es a perpetuidad es el volver a ejercer un cargo público pero que además, tiene una razón de ser, el hecho de haber según las pruebas del expediente, haber encontrado culpable por un delito por lo tanto, veo muy difícil que pueda cuestionarse este tema".

 

Corte rápida, Corte lenta

 

"Podría dar alguna sensación del por qué la Corte resolvió tan rápido lo de Cristina Fernández. En el debate público estaba instalado, segundo, estamos hablando de una causa de naturaleza penal por lo tanto, mantener con la inestabilidad o la falta de certeza a 15 imputados sobre su situación procesal no es saludable, un escenario electoral próximo lo cual podría generar algún problema si alguien, ya lo había preanunciado la ex presidenta de presentar con una candidatura y si obtenía fueros eso podría generar algún problema respecto a la ejecución de la pena, por lo tanto, me parece que la Corte lo resolvió rápidamente para evitar que el conflicto siga creciendo".

 

Abogado Carlos Beraldi
Abogado Carlos Beraldi

"El Código Electoral establece que una persona condenada pierde ciertos derechos políticos y eso está muy cuestionado últimamente en la justicia, por ejemplo, el derecho a votar si bien el código nacional electoral le priva derechos a la persona condenada eso fue declarado anticonstitucional por lo tanto, la ex presidenta podría hacer un planteo si lo que le interesa es votar y por lo tanto, ingresar al padrón".

 

Quién debe custodiar a Cristina

 

"El Servicio Penitenciario Federal organiza lo que tiene que ver con el alojamiento en las unidades penitenciarias, si fuera una prisión domiciliaria ya no sería tarea del Servicio Penitenciario por lo tanto, hay competencias distintas".

"La custodia como ex presidenta son atribuciones que el gobierno asigna o deja de asignar, si desde el gobierno se entiende que dado a que está alojada en unidad penitenciaria o prisión domiciliaria y por lo tanto, no tendría por qué salir de su domicilio y considera que no habría razón de ser de mantener la cantidad de custodia o una parte, lo podría en mi opinión recortar sin inconvenientes, porque la esencia dela custodia es para que la persona pueda circular sin ningún momento incómodo.

Vigilia permanente de los seguidores de CFK
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