Estratagemas

Hasta dónde son válidas las candidaturas testimoniales y cómo se pueden impedir

Una forma de tentar a los votantes es encabezar las listas legislativas con figuras muy conocidas que después no asumen.

Por Enrique Villalobo

Los que votan con esperanza y fe — Foto Archivo

Tal vez por falta de entusiasmo en participar de los potenciales votantes los partidos y frentes han optado desde hace tiempo por poner en los primeros lugares de las listas a políticos que ejercen funciones ejecutivas como intendentes, gobernadores o vicegobernadores. Todo el mundo supone que de ser elegidos optarán por sus puestos ya obtenidos.

Círculo Político (Lunes a viernes de 14 a 16 por FM 91.7, Ciudadano News Radio y Twitch) consultó a Mariano Bär, abogado constitucionalista, comentó: "Distinguir distintos tipos de defraudaciones electorales, existe defraudación electoral cuando una persona es candidata electa por un partido y luego se pasa a otro, cuando una persona es electa por una plataforma electoral y después en el ejercicio de las funciones hace cosas totalmente distintas a las que había prometido y existe defraudación electoral cuando una persona se propone como candidato y después no asume en el cargo".

Intendente y cndidato, Guillermo Montenegro.

"Ahora, si la pregunta es ¿existen desde el derecho herramientas para ponerle freno a las candidaturas testimoniales?, la respuesta es no porque no existen leyes que determinen que estas conductas que desde el plano teórico son consideradas como defraudaciones al electorado tengan una sanción jurídica". 

Actitud engañosa

"Ha existido en la justicia un solo caso donde las testimoniales se han judicializado y la Cámara Electoral Nacional fue muy clara y dijo por más que nosotros tengamos muchos elementos de convicción que permitan afirmar que una persona está planteando una candidatura testimonial, el caso era el de Scioli en 2009, y la justicia no puede hacer nada al respecto porque es la ciudadanía la que avala o no con su voto esas candidaturas testimoniales y en su caso es la ciudadanía la que va a revalidar o re-castigar en otra elección la actitud de esa persona y esto se da por esto que estoy diciendo, porque son conductas que no tienen tipificada una sanción, cuando no hay sanción los jueces no pueden inventar una sanción y por lo tanto, las candidatos testimoniales son legales, ¿ahora desde plano político son legítimas?, eso dependerá de la valoración que haga cada uno del uso de esta herramienta".

Scioli fue candidato a diputado siendo gobernador.

-Me llama la atención porque los políticos argentinos pueden decirte a y b mañana con una liviandad absolutamente escandalosa, por ejemplo, cuando llegan a un cargo electivo dicen no, la banca es mía, a mí me eligieron por el partido A pero me voy, formo un monobloque o me voy al partido B pero me llevo la banca porque es mía y cuando te ponen unan candidatura testimonial te dicen todo lo contrario, no, la banca es del partido, no importa quién la va a ocupar.

-Los políticos argentinos y no solo los argentinos, también es cierto que cada sistema electoral es distinto, una cosa es el sistema electoral federal, con diputados, senadores, presidente y después tenés las 23 jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que tienen su propio régimen electoral, por eso por ejemplo, en Mendoza no existe la reelección de gobernador, Santa Fe tampoco y sigue existiendo en otras provincias. 

Mayra Mendoza entre la banca y la intendencia.

"Porque por ejemplo, La Rioja que es la última Constitución que se reformó toma esto y lo pone en la Constitución es decir, le da la máxima jerarquía normativa dentro de La Rioja y dice las bancas son de los partidos y las personas que manifiestamente dejan de cumplir con la plataforma electoral del partido, se quieren ir a otro partido tienen que abandonar esa banca y el partido reemplaza en el orden de elección de la lista anterior, es decir, lo someten a un procedimiento disciplinario partidario y en caso de que las autoridades partidarias determine que una persona que ocupa una banca no cumple  con las directivas partidarias en ese caso La Rioja da la posibilidad de que esa persona deje de ser legislador y asuma otra persona de ese partido político en su reemplazo". 

"Hay variedad de posibilidades, el tema que lo que se está discutiendo hoy responde a un régimen electoral, puntualmente al de la provincia de Buenos Aires, modificarlo o no depende de las autoridades de la provincia de Buenos Aires"

-Complejo la defraudación a la ciudadanía, había en otro tiempo un concepto que era carga pública, ¿eso no aplica en ningún modo para un cargo electoral?

-No, en este sentido. La idea de carga pública está relacionado a la idea del cumplimiento de una obligación en pos de un bien común si se tiene en ese sentido, por ejemplo cuando te llaman a ser presidente en una elección, eso es una carga pública, vos no lo elegiste, te toco y tenes que cumplir con tu carga pública porque hay un interés superior, en este caso la realización de las elecciones que te obligan a ir a hacer presidente de mesa.

Intendente Valenzuela junto a Milei

-Voto a un candidato, y después éste no asume el cargo ¿tengo herramienta legal para proceder a una sanción jurídica?

-No tenemos herramientas legales para reclamarle nada por no haber asumido, por haber asumido y hacer todo lo contrario a lo que prometió, tampoco podes reclamar nada y tampoco le podes reclamar nada si votaste al partido por este candidato y después este candidato se va al partido B. Esos son los tres tipos de defraudación y no existe para ninguno de los tres casos consecuencias jurídicas.