Una pareja que se divorció en Río Negro acordó una llamativa compensación económica en medio de la división de bienes. El exesposo se comprometió a ceder el 50% de un lote para construirle una casa a su exmujer. A cambio, ella le permitirá explotar un local comercial por el plazo de diez años. Una jueza de Familia homologó el acuerdo, como solución al conflicto conyugal.
La división de bienes establece que el hombre cederá el 50% de un inmueble en Cipolletti y finalizará la construcción de la casa en el terreno. En cuanto a la obra, las partes acordaron detalles específicos de terminaciones y calidad de los materiales, con un plazo de tres años para la terminación de la obra.
Una vez finalizada la vivienda, el hombre podrá explotar un local comercial en el mismo terreno durante diez años sin pago de canon, luego cederá el uso y la propiedad del local a su exmujer.
Mientras se construye la casa, el hombre asumió la obligación de pagar una suma mensual equivalente al salario mínimo, vital y móvil hasta que la mujer pueda habitar la vivienda.
La compensación económica es un derecho establecido en el Código Civil y Comercial de la Nación. Imagen IA
La compensación económica en el Código Civil y Comercial de la Nación es un derecho que uno de los cónyuges o convivientes puede solicitar cuando, luego de la ruptura de una relación conyugal o de convivencia, su situación económica se ve afectada en comparación con la que tenía durante la relación. Este resarcimiento busca equilibrar las diferencias económicas generadas por los roles asumidos en la pareja y puede otorgarse en dinero, bienes o el uso de un inmueble.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 441, se procede cuando el divorcio produce un "desequilibrio manifiesto" que causa un empeoramiento en las condiciones de vida de una de las partes respecto a las que tenía durante la vida compartida. La compensación busca que la persona afectada no sufra un perjuicio económico desproporcionado como consecuencia de la separación o divorcio.
Para determinar su monto y forma de pago, la Justicia contempla factores como la duración de la relación, el trabajo y las contribuciones de cada cónyuge o conviviente a la vida familiar, la edad y el estado de salud de la persona que solicita la compensación, entre otros. La compensación se puede otorgar de manera única o en cuotas, y puede consistir en dinero, bienes, usufructo de propiedades, entre otros.