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Reforma laboral: advierten qué artículos podrían ser declarados inconstitucionales

La reforma laboral que prepara el Gobierno promete modernización y creación de empleo, pero también abre interrogantes legales y tensiones con la Constitución.

Ciudadano.News

Por Ciudadano.News

7 Noviembre de 2025 - 08:57

Más juicios laborales a la vista.
Más juicios laborales a la vista. -

7 Noviembre de 2025 / Ciudadano News / Sociedad

El Gobierno de Javier Milei avanza con su plan de convocar a sesiones extraordinarias del Congreso, colocando el Presupuesto 2026 y, posteriormente, la reforma laboral como prioridades en la agenda legislativa. Mientras el oficialismo busca la formalización de hasta 7 millones de empleos y la modernización del mercado de trabajo, los abogados laboralistas han activado una señal de alerta.

Según las consultas en Tribunales y despachos legales, varios borradores de la iniciativa contienen aspectos que podrían chocar directamente contra la Constitución Nacional (CN), específicamente el Artículo 14 bis —que garantiza los derechos del trabajador—, abriendo así la puerta a una mayor litigiosidad.

Los puntos más polémicos de la reforma que, según los expertos, podrían ser declarados inconstitucionales:

1. El ataque a la propiedad: indemnizaciones "topeadas" y en cuotas

La propuesta de reforma incluye dos modificaciones cruciales a la forma en que se liquida un despido sin causa, afectando directamente las finanzas de un trabajador con antigüedad:

1. Tope al monto: El proyecto sugiere que la indemnización solo se abone por un monto de hasta 10 sueldos máximos, sin considerar la antigüedad acumulada. Este punto se contrapone con la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) vigente, la cual prevé un mes de sueldo por cada año de servicio (tomando como base la mejor remuneración) y no establece un tope.

2. Pago en cuotas: Se busca dar a las Pymes la posibilidad de abonar las indemnizaciones y multas derivadas de juicios laborales en hasta 12 cuotas mensuales.

El Conflicto Constitucional:

Para los especialistas, el pago en cuotas choca no solo con la LCT —que exige que el pago sea íntegro y dentro del cuarto día hábil—, sino también con el Código Civil y Comercial. Más grave aún, la propuesta conculca el derecho de propiedad previsto en el Artículo 14 de la Constitución Nacional y los derechos establecidos en el Artículo 14 bis, al disminuir un derecho ya garantizado. La idea de pagar en cuotas el capital de un despido, que muchos utilizan para sostenerse mientras buscan un nuevo empleo, se considera una forma de precarización.

Además, se ha propuesto que para calcular la indemnización se dejaría de tomar en cuenta el Sueldo Anual Complementario (aguinaldo) y otros bonos o tickets, lo que reduciría aún más el monto total a recibir por el empleado.

2. El regreso de los Tickets Canasta y el riesgo jubilatorio

El posible regreso de los "tickets canasta" —vales para comprar comida o servicios— genera gran preocupación.

La alerta: El problema radica en que estos vales, símbolo de la flexibilización laboral de los años 90, no tendrían carácter remunerativo ni efectuarían aportes a la seguridad social. Esto redundaría en una base salarial menor para el cálculo de aportes jubilatorios, aguinaldos e indemnizaciones.

Antecedentes judiciales: El sistema de vales fue derogado de la LCT en 2007. Más importante aún, la Corte Suprema de Justicia ya estableció en 2009 "el carácter salarial" de los tickets canasta y vales alimentarios, por lo que su reintroducción como no remunerativos podría reiterar la situación de precarización y abrir numerosos juicios.

3. La jornada de trabajo y el descanso

La LCT actual establece que la jornada no puede superar las 8 horas diarias o 48 semanales. Cualquier modificación que suponga la extensión de la jornada (algunos borradores mencionaron hasta 12 horas) implicaría una violación a la normativa vigente.

La defensa de los trabajadores se basa en el Artículo 14 bis de la CN, que protege la "jornada limitada de trabajo".

Asimismo, el proyecto incluiría la posibilidad de fraccionar el período de vacaciones. Aunque se fijaría una fracción mínima (por ejemplo, una semana), la jurisprudencia argentina interpreta que el objetivo central de las vacaciones es el descanso y la recuperación anual en un período extenso, y que los objetivos se verían "totalmente frustrados si se dividen en períodos muy cortos".

4. La ultraactividad de convenios y la paz colectiva

Uno de los aspectos más criticados por los gremios es la intención de eliminar la "ultraactividad" de los convenios colectivos.

¿Qué significa? Hoy, las cláusulas de un convenio se prorrogan automáticamente hasta que se acuerda uno nuevo. La reforma busca terminar con esa prórroga automática, permitiendo que solo se mantengan las normas referidas a las condiciones de trabajo, pero flexibilizando el resto de las cláusulas.

La objeción legal: Los expertos señalan que esta modificación abre la puerta a la inconstitucionalidad de la norma porque el Artículo 14 bis garantiza los derechos de los sindicatos, incluyendo la concertación de esos convenios.

Riesgo institucional: Las organizaciones gremiales sostienen que flexibilizar los convenios de esta manera "se ataca la paz colectiva", un principio garantizado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y refrendado por el Artículo 75 inciso 22 de la Carta Magna.

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