Más controles

Qué cambia para usuarios y choferes de Uber y Cabify en Mendoza con la nueva ley

La reforma restringe permisos, impone controles más severos y fija nuevas responsabilidades para las plataformas en la asignación de viajes.

Ciudadano.News

Por Ciudadano.News

2 Diciembre de 2025 - 11:02

Más regulación en Uber y Cabify
Más regulación en Uber y Cabify Foto: Web

2 Diciembre de 2025 / Ciudadano News / Sociedad

El Gobierno de Mendoza publicó este lunes en el Boletín Oficial la ley 9.676, una reforma que redefine el funcionamiento de las aplicaciones de transporte como Uber y Cabify en la provincia. La normativa apunta a reforzar el control estatal sobre las plataformas, ampliar el poder de fiscalización del Ente de la Movilidad Provincial (EMOP) y, a la vez, incentivar la movilidad sustentable mediante beneficios específicos para vehículos eléctricos.

La actualización legislativa modifica las leyes 9.086 y 7.412, vigentes desde la llegada de las apps al territorio provincial, y busca "ordenar" un sistema que desde su implementación ha generado tensiones con taxistas, choferes y el propio Estado.

Fin a la "doble chapa": un solo permiso por persona

La modificación más relevante recae sobre el artículo 53 de la Ley 9.086, donde se ratifica la prohibición de que una misma persona concentre múltiples licencias.

Las nuevas reglas establecen que:

  • Solo se podrá tener un permiso para operar en el servicio de transporte privado mediante aplicaciones.
  • El permiso debe estar a nombre del titular del vehículo, quien deberá ser también el permisionario.
  • Excepción para autos eléctricos: la limitación no regirá para vehículos propulsados por motores eléctricos, un incentivo directo a la incorporación de tecnologías más limpias.

Las plataformas, bajo mayor responsabilidad

El reformado artículo 60 incorpora obligaciones estrictas para las Empresas de Redes de Transporte (ERT), que de ahora en adelante tendrán un rol activo en el cumplimiento de la ley:

  • Prohibición de asignar viajes a conductores sin permiso o con vehículos no habilitados.
  • Restricción a la publicidad: no podrán difundir mensajes o campañas que sugieran o fomenten el incumplimiento de la normativa vigente.
  • Sanciones severas: las infracciones graves o reiteradas podrán derivar en la suspensión de la plataforma por hasta dos años o incluso en su inhabilitación definitiva.

El EMoP concentra el control, el cobro y el juzgamiento

La reforma también consolida al Ente de la Movilidad Provincial como autoridad exclusiva en materia administrativa:

  • Jurisdicción obligatoria: cualquier controversia derivada del servicio deberá resolverse ante el EMoP como única instancia administrativa.
  • Multas ejecutivas: una vez concluido el proceso administrativo, las sanciones económicas quedarán firmes y podrán cobrarse por vía de apremio, ya sea a través de la Administración Tributaria Mendoza (ATM) o mediante el propio equipo jurídico del ente.
  • Pago previo obligatorio: para iniciar una Acción Procesal Administrativa (APA) contra una sanción, será indispensable haber abonado la multa.

Con su publicación en el Boletín Oficial, la nueva normativa entró en vigencia y marca un cambio sustancial en la regulación del transporte privado mediante aplicaciones en Mendoza, reforzando los controles y estableciendo un marco más rígido tanto para conductores como para plataformas.

Últimas noticias