Milei denunció a Mengolini por injurias: "Dijo que estoy enamorado de mi hermana"
La querella se basa en declaraciones de la periodista sobre el vínculo del Presidente con Karina Milei y sus perros. La defensa presidencial alega daño al honor y dolo deliberado.
El presidente de la Nación, Javier Milei, presentó una denuncia formal ante la Justicia contra la periodista Julia Mengolini por el delito de injurias, tras una serie de declaraciones que, según el mandatario, "afectaron su honor y reputación", tanto a nivel personal como institucional.
La denuncia fue radicada en el Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 7, a cargo de Sebastián Casanello, y representa un nuevo capítulo en la conflictiva relación entre el oficialismo y determinados sectores del periodismo.
La acción legal, impulsada por el abogado Francisco Oneto, se centra en los dichos de Mengolini sobre el vínculo que el jefe de Estado mantiene con su hermana, Karina Milei, y con sus ocho perros. Las expresiones de la conductora fueron realizadas en el programa Duro de Domar (C5N), en redes sociales y en entrevistas públicas, y, según la querella, constituyen una afrenta a la dignidad presidencial.
"Vive con ocho perros y está enamorado de su hermana"
En el escrito judicial, Milei señala como disparador principal las declaraciones que Mengolini hizo al aire en C5N: "Más allá de las ideas políticas, es un señor que vive con ocho perros y está enamorado de su hermana", expresó la periodista. Luego agregó: "No hice un juicio de valor, hice una descripción. Saquen sus propias conclusiones. Vive con ocho perros y él mismo dice estar enamorado de su hermana".
Mengolini también afirmó: "Si yo fuera presidente, la primera dama sería mi hermana. Y no es porque no quiera formar una familia, es porque está enamorado de ella. Y esto no está bien. En Antropología, en el CBC, te enseñan que hay un sólo tabú universal: el del incesto".
El tuit y la entrevista que reforzaron la acusación
La denuncia también incorpora como prueba un tuit publicado por la comunicadora el 12 de agosto de 2024, donde ella escribió: "Corrección presidente: dije que VIVÍA con sus perros (no que dormía con sus perros). Y que estaba 'enamorado' de su hermana, no que se acostara con ella. Los archivos están para que todo el mundo los vea. Por otra parte, no hago más que defender las garantías constitucionales".
Según la defensa de Milei, esto demuestra que Mengolini "tenía conocimiento del daño que sus palabras podían causar y aun así eligió pronunciarlas". Además, se la acusa de actuar con dolo, es decir, con la intención directa de ofender o admitiendo esa posibilidad.
En otro tramo clave de la denuncia, el mandatario aporta una entrevista que Mengolini le hizo al constitucionalista Andrés Gil Domínguez, en la que la periodista admite sentirse afectada por una acusación similar: "Una diputada nacional posteó que yo tenía relaciones incestuosas con mi hermano. Me atacaron todo el fin de semana. Estoy impactada, no sé cómo responder", confesó Mengolini en el diálogo. Luego consultó si era viable iniciar acciones legales.
Posteo de un usuario en X.
A partir de este fragmento, el escrito judicial remarca: "Es la misma sra. Mengolini la que reconoce la gravedad de este tipo de expresiones. Si ella considera que esa acusación merece una denuncia penal, ¿cómo justificar sus dichos contra el sr. Presidente de la Nación?".
El límite entre libertad de expresión y delito
La defensa del Presidente sostiene que no se trata de un tema amparado por el interés público ni protegido por la libertad de prensa. Citando jurisprudencia de la Corte Suprema, el abogado Francisco Oneto remarcó: "El derecho a la libertad de expresión no elimina la responsabilidad ante la justicia por los delitos y daños cometidos en su ejercicio".
Asimismo, argumentó que las palabras utilizadas por Mengolini "no constituyen una crítica legítima, sino expresiones denigrantes, sin fundamento, formuladas con desprecio por la verdad". Y destacó que interpretaciones mecánicas del derecho a expresarse sin consecuencias "desconocen el derecho al honor incluso de figuras públicas, algo que sería inconstitucional".
Entre los fallos que respalda la demanda figuran los de la Corte en los casos Fallos: 308:789; 321:667 y 332:2559, en los que se define que no basta la intención: "Para considerar agraviante una opinión, no es determinante la mala intención, sino el uso de locuciones claramente denigrantes y fuera de lugar", señala el texto.