Ley 9.682

Mendoza promulgó la ley que sanciona a padres por casos de bullying: de cuánto es la multa

La norma establece a la escuela como primera instancia y solo habilita sanciones si fracasa el abordaje educativo. Los fondos recaudados se destinarán a prevención del acoso escolar y a Bibliotecas Populares.

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Por Ciudadano.News

17 Diciembre de 2025 - 09:14

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Bullying Shutterstock.

17 Diciembre de 2025 / Ciudadano News / Sociedad

Este miércoles fue publicada en el Boletín Oficial de Mendoza la promulgación de la Ley 9.682, una norma que establece sanciones para los padres, madres o tutores que no actúen ante casos de bullying protagonizados por sus hijos. La legislación, sancionada por la Legislatura provincial el 19 de noviembre de 2025, comenzó a regir en un contexto de creciente preocupación por el acoso escolar y la necesidad de fortalecer el rol de las familias en la prevención.

La iniciativa, impulsada por el Ministerio de Educación, Cultura, Infancias y la Dirección General de Escuelas (DGE), convierte a Mendoza en una de las primeras provincias en tipificar la responsabilidad parental por omisión frente al bullying, siempre como última instancia y luego de agotar el abordaje educativo.

Qué establece la Ley 9.682 sobre bullying en Mendoza

La Ley 9.682, que incorpora nuevos artículos al Código de Contravenciones de Mendoza, dispone que los padres o responsables legales podrán ser sancionados cuando, tras ser formalmente notificados por la escuela, no cumplan con su deber de orientación, diálogo, vigilancia o cuidado, o no adopten medidas para evitar la reiteración del acoso o reparar el daño causado.

Las sanciones previstas son:

  • Multas económicas que van desde los $600.000 hasta los $1.260.000, según la gravedad del caso.
  • Tareas educativas o comunitarias de hasta 30 días, como alternativa o complemento a la sanción económica.

El ministro Tadeo García Zalazar, titular de Educación, Cultura, Infancias y DGE, fue uno de los impulsores del proyecto, que busca involucrar activamente a las familias sin criminalizar el conflicto escolar.

La escuela, primera instancia obligatoria

La norma deja en claro que la sanción no es automática ni punitiva en primera instancia. La autoridad escolar es el primer ámbito de intervención, donde debe aplicarse el Protocolo de Actuación en Casos de Bullying aprobado por la Resolución DGE 5.679.

Solo si esta instancia fracasa —por inasistencia de los adultos responsables, incumplimiento de compromisos asumidos o falta de cooperación— la escuela deberá documentar las actuaciones y elevar un informe pormenorizado al Juzgado Contravencional correspondiente.

Recién en ese escenario se analiza la responsabilidad por omisión de los adultos, siempre con constancia de que las vías educativas y de acompañamiento no prosperaron.

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A dónde irá el dinero de las multas por bullying

El dinero recaudado por las multas por bullying no tendrá un fin meramente recaudatorio. Según establece la ley, los fondos serán destinados al Fondo Provincial de la Ley 9.545, orientado a la prevención y asistencia de víctimas de acoso escolar en el ámbito de la DGE, y también a Bibliotecas Populares de la provincia.

Desde el Ejecutivo remarcan que el objetivo central es reforzar la prevención, mejorar la intervención temprana y promover una corresponsabilidad entre escuela y familia.

Excepciones previstas por la normativa

La ley también contempla eximiciones de responsabilidad para los progenitores que:

  • Estén privados o suspendidos judicialmente de la responsabilidad parental.
  • Tengan el cuidado personal unilateral asignado al otro progenitor.
  • Se encuentren bajo medidas de prohibición de acercamiento o protección vigentes que les impidan intervenir en la crianza al momento del hecho.

Un nuevo enfoque frente al acoso escolar

Con esta legislación, Mendoza da un paso inédito en el abordaje del bullying, al exigir la intervención educativa previa y sancionar solo cuando existe una omisión comprobada de los adultos responsables. La ley refuerza la idea de que el acoso escolar no es solo un problema de la escuela, sino un fenómeno social que requiere compromiso familiar e institucional.

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