La Cámara de Senadores de la provincia de Mendoza dio media sanción al nuevo Código Contravensional.
En esta modernización, existen nuevas faltas que serán sancionadas o multadas, en caso de conseguir la aprobación en la Cámara de Diputados:
Padres responsables: el nuevo código establece sanciones a padres o tutores en los siguientes casos: cuando les permitan el consumo de alcohol a menores, cuando hagan incurrir al niño en inasistencias a la escuela de forma reiterada e injustificada, cuando dejen a los hijos pequeños en el interior del vehículo sin el cuidado de una persona responsable y cuando omitan vacunación obligatoria.
Arresto domiciliario: el código establece arresto domiciliario en los siguientes casos: para mayores de 70 años (antes era de 60 años), para mujeres embarazas o en período de lactancia (antes era para cualquier mujer honesta), quien padeciere una enfermedad incurable, para personas enfermas cuando la privación les impida recuperarse, o personas discapacitadas cuando la privación de libertad en el establecimiento fuere inadecuada para su condición.
Decomiso: incorporación de los bienes decomisados al patrimonio del Estado en las áreas de desarrollo social de la provincia o municipio según corresponda En caso de no ser aprovechables, se autoriza la enajenación y, salvo elementos idóneos para delinquir, se dispondrá su destrucción.
Funcionarios públicos, docentes y médicos: el texto añade nuevos tipos contravencionales relacionados con la ofensa a personal, tanto funcionario públicos, de salud como de educación.
Municiones: se sanciona a aquellas personas por tenencia injustificada de municiones sin que pueda acreditar la calidad de legítimo usuario de arma de fuego y siempre que el hecho no constituya delito.
Cuidacoches: también suma como una falta el cuidado de vehículos en la vía pública sin la debida autorización legal, así como la limpieza de los mismos o de parte de estos.
Mascotas: el nuevo código sanciona la tenencia de perros u otro animal potencialmente peligroso sin adoptar medidas de seguridad. También castiga el descuido del dueño de cualquier mascota, así como su abandono o de sus crías.
Antidisturbios: el código sanciona a jugadores, entrenadores, directivos de las ligas, asociaciones, clubes o entidades deportivas reconocidas y espectadores que antes, durante o después del espectáculo inciten escándalos, disturbios, desmanes o desordenes con expresiones, ademanes e insultos. También para aquellos que a través de las redes sociales inciten a provocar este tipo de acciones.
Acoso sexual callejero: las personas que realicen acoso sexual en lugares públicos o privados con acceso al público serán sancionadas.
Festejos estudiantiles: el código sanciona al titular del local y/o organizador del evento para menores cuando no impidiera el ingreso o venta de bebidas alcohólicas y/o estupefacientes.
Falsos policías: se establecen sanciones a aquellos que simulen ser miembros de las fuerzas de seguridad mediante la utilización de uniformes o credenciales. También habrá multas tanto a quienes adquieran indumentaria como a quienes vendan vestimentas de la fuerza de seguridad a personas que no pertenezcan a las mismas.
Expendio de bebidas alcohólicas fuera de horario establecido.
Bañarse en cauces de agua no autorizados para ese fin.
Arrojo de residuos patogénicos y farmacéuticos en lugares públicos o abiertos al público no habilitados al efecto, arrojo de líquido cloacales en la vía pública.
Maltrato a mayores: el proyecto establece la sanción a aquellas personas que incurran en conductas de maltrato, insultos y faltas de trato digno hacia personas de la tercera edad, en el ámbito familiar como en las residencias, los hospitales y los centros geriátricos.
Cuidado del ambiente: se sanciona al que prenda fuego sin precauciones, deprede la flora silvestre o destruya el arbolado público. También habrá sanciones al que arroje líquidos cloacales en la vía pública o permita el desborde de cámaras sépticas o pozos ciegos. Así como a aquellos que obstruyan, alteren o deterioren los cauces de agua.
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