Chau indemnizaciones por lumbalgia y estrés: los 5 cambios clave en las ART que rigen desde febrero
Una modificación drástica en el sistema de Riesgos del Trabajo redefine el cálculo de incapacidades. Enterate cuáles son las afecciones comunes que dejarán de ser cubiertas por las aseguradoras este año.
A partir de febrero de 2026, entra en vigencia el Decreto 549/2025, una normativa que transforma profundamente el sistema de Riesgos del Trabajo en Argentina. La medida introduce un nuevo Baremo o Tabla de Evaluación de Incapacidades, que endurece los criterios para acceder a resarcimientos económicos y excluye patologías históricas de la cobertura obligatoria de las ART.
Atención con los cambios de la ART.
Las afecciones que pierden cobertura
El cambio más polémico radica en la desestimación de las cervicalgias y lumbalgias como enfermedades profesionales indemnizables. Según el nuevo esquema, estas dolencias pasan a ser consideradas de carácter degenerativo o preexistente, lo que impacta de lleno en trabajadores de la construcción, logística y personal administrativo. Asimismo, el sector docente sufrirá una quita importante: la disfonía ahora tendrá topes fijos de incapacidad (3%, 7% y 15%), reduciendo drásticamente los montos a percibir.
En el plano de la salud mental, el ajuste es igual de severo. El sistema ahora excluye el estrés laboral crónico y el desgaste psicológico, limitando la cobertura solo a eventos traumáticos puntuales. Incluso el acoso laboral (mobbing) ha quedado fuera del riesgo cubierto, siendo calificado como un conflicto ajeno al ámbito de la ART.
Finalmente, la norma refuerza el concepto de "capacidad restante". Bajo este método, si un trabajador sufre varios siniestros en su carrera, cada nueva indemnización se calculará sobre el porcentaje residual de salud y no sobre el total. Esta reducción progresiva de los pagos busca blindar financieramente a las aseguradoras, en un contexto donde organismos como la OIT advierten sobre el crecimiento de enfermedades de desarrollo lento.