El impactante caso de La Rioja, donde una joven descubrió cámaras ocultas detrás de rejillas en zonas estratégicas de un departamento que alquilaba, puso en debate el vacío legal que existe en Argentina sobre los delitos que atentan contra la intimidad personal.
El abogado Emiliano Herrera explicó en El Interactivo, de Ciudadano News, que este hecho tiene dos dimensiones legales claras: la penal, que es el delito cometido por el dueño del departamento, y la civil, que es el reclamo por daños y perjuicios que la víctima puede realizar.
"La captación de imágenes sin consentimiento viola tanto el derecho a la intimidad como el derecho a la imagen. Esto genera un daño espiritual y psíquico muy grande en la víctima", señaló el letrado.
Por qué la condena se enfoca en el delito de "lesiones"
A pesar de que el Código Penal argentino no cuenta aún con un tipo penal específico para esta clase de violaciones a la intimidad, los fiscales y los juzgados han encontrado herramientas legales para castigar estas conductas. La figura más utilizada, y por la cual ya existen varias condenas en el país por casos similares, es el delito de lesiones.
Según Herrera, el enfoque se debe a que la acción de grabar o difundir imágenes íntimas sin consentimiento causa una lesión grave en la persona. Se trata de un daño que afecta directamente la autoestima y la estructura psicológica de la víctima.
En ese sentido, las lesiones graves pueden llevar a penas de prisión efectiva y puede ser activado por la fiscalía de oficio, es decir, sin necesidad de que la víctima impulse la acción.
Los agravantes: violencia de género y la figura de la "porno venganza"
Además de las lesiones, la Justicia cuenta con otros agravantes para enfocar este tipo de causas. En el contexto de grabar a mujeres, el caso también se encuadra como una modalidad de violencia de género, amparada por la Ley Olimpia.
Otro punto clave es la perversidad de la situación:
- Situación de poder: si bien no es un abuso de autoridad (figura para funcionarios), el hecho de que el victimario fuera el dueño del departamento podría ser considerado como un agravante por la situación de poder que mantenía sobre su inquilina.
- Divulgación del material: la situación se agravaría exponencialmente si se comprueba que el propietario llegó a compartir el material en un grupo privado o un sitio web. Esto sumaría otro delito: la divulgación de una cuestión íntima.
El abogado Herrera también destacó que, si bien no se aplicará a este caso por la irretroactividad de la ley, una próxima reforma al Código Penal incorporará la figura de la pornovenganza, que es la difusión de imágenes íntimas con o sin contenido sexual. Esta figura facilitará las condenas en futuros casos.
