La Corte Suprema de Justicia de la Nación tiene en revisión el expediente de la llamada Causa Vialidad, que tiene a la expresidenta Cristina Kirchner como protagonista, condenada en primer y segunda instancia.
Los rumores de los últimos días, indican que el Máximo Tribunal podría definitivamente abocarse a la causa y ratificar el fallo, lo que dejaría firma la sentencia de 6 años de prisión y la imposibilidad de ser candidata.
No obstante, especialistas de diferentes ámbitos consideran que la Causa Vialidad merece una revisión por numerosas irregularidades, además de haber sido instrumentada por magistrados que podrían no ser imparciales: el fiscal de la causa, Diego Luciani, y el presidente del tribunal que condenó a Cristina, Rodrigo Giménez Uriburu, jugaban al fútbol en la quinta del expresidente Mauricio Macri; mientras que los camaristas que ratificaron el fallo, Mariano Borinsky y Gustavo Hornos, visitaron a Macri en numerosas ocasiones en Olivos y en la Casa Rosada durante su gestión.
El "atajo" del artículo 280
En este contexto, y con un fallo que tiene más explicación política que judicial, la Corte podría no abocarse a revisar nada y apelar al polémico artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Este artículo autoriza al Máximo Tribunal a rechazar un recurso extraordinario sin mayores fundamentos, con la sola invocación de esta norma, por considerar que el planteo carece de trascendencia o agravio federal suficiente.
"La Corte, según su sana discreción, podrá rechazar el recurso extraordinario con la sola invocación de esta norma", establece el artículo.
Esto significa que los jueces pueden cerrar el caso sin ingresar al fondo de la cuestión, algo que en el entorno de la exmandataria genera especial preocupación.
El recurso de queja presentado por su defensa ya fue parcialmente rechazado la semana pasada, cuando la Corte desestimó la recusación contra el ministro Ricardo Lorenzetti, quien, llamativamente, también votó. La resolución dejó el expediente en condiciones de definición.
¿Qué dice el artículo 280?
La norma forma parte del procedimiento ante la Corte Suprema y establece:
- Rechazo discrecional del recurso extraordinario: la Corte puede rechazarlo sin explicar el fondo del asunto, solo invocando este artículo.
- Falta de agravio federal o cuestiones insustanciales: se aplica cuando el planteo no presenta relevancia institucional, trascendencia jurídica ni vulneración de derechos constitucionales.
- Sin apertura a prueba ni hechos nuevos: no se admiten nuevos argumentos ni pruebas en esta instancia.
- Aplicable también a recursos ordinarios y de queja (Art. 285): si la Corte considera improcedente la queja, puede invocar el mismo artículo para desecharla.
El impacto político en el caso Kirchner
Mientras Cristina Kirchner ya anunció su postulación por la Tercera Sección Electoral de la provincia de Buenos Aires, el eventual fallo adverso de la Corte podría inhabilitarla legalmente.
La condena del Tribunal Oral Federal N.º 2, confirmada por la Cámara Federal de Casación Penal, es por "administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública" y contempla inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.
De confirmarse esa sentencia por la Corte, se activaría la imposibilidad legal de inscribirse como candidata, lo que implicaría un freno político y simbólico para el kirchnerismo a tres meses de las elecciones legislativas.
Con información de NA