A pagarla

Proyecto de Ley: empleados públicos deberán responder con su patrimonio por el mal desempeño

La diputada libertaria propone un proyecto de ley que obligaría a los empleados del estado a responder de su propio bolsillo por los problemas que generaría su mal desempeño.

Por Ciudadano.News

Celeridad, economía, eficacia y sencillez: los cuatro puntos en los que debería apoyarse la labor estatal. — Web

La diputada mendocina Mercedes Llano, de La Libertad Avanza, propuso un proyecto de ley que busca penar la incompetencia de los empleados públicos que, debido a su mal desempeño, generen problemas por complicaciones o demoras que afecten a los ciudadanos.

Con el fin de identificar la responsabilidad patrimonial de los funcionarios públicos, la legisladora propone que los empleados estatales respondan con su propio patrimonio personal por los perjuicios que le generen al Estado, debido a su negligencia o inacción en el ejercicio de sus funciones.

Mercedes Llano, legisladora de La Libertad Avanza.

De esta manera, Llano busca reformar varios artículos clave de la Ley de Procedimientos Administrativos (la 19.549). En esa ley pueden leerse varios ítems que deberían marcar el desempeño de cada empleado público: celeridad, economía, eficacia y sencillez en los trámites.

Pero la modificación que propone Mercedes Llano se enfoca específicamente en el artículo 3, haciendo hincapié en las sanciones por negligencia. Esta modificación indica que la "demora irrazonable, o negligencia, o impericia" en la labor del empleado constituiría una falta disciplinaria reprimible.

Pero también, esa inacción o impericia "compromete la responsabilidad contable" de dicho empleado o funcionario. Esto se podría aplicar sin perjuicio de las responsabilidades políticas, penales o civiles, que ya figuran en la ley actual.

¿En qué consisten los castigos?

Entre las modificaciones que propone el proyecto de Mercedes Llano es la incorporación del artículo 24 bis, que estableces la 'responsabilidad solidaria de los funcionarios en el pago de honorarios y costas judiciales' en los casos que se requieran.

La propuesta establece que si un Tribunal hace lugar a una acción iniciada por un particular, y el Estado resultara condenado a pagar esos gastos, dicho pago no correrá por parte de ese Estado sino del funcionario que con su negligencia aparezca como responsable de dicho pago, en manera solidaria, con el demandado principal.

Demoras irrazonables, impericia o negilgencia: una vez que la Justicia identifique la omisión, el empleado o funcionario deberá pagar por los gastos.

También se agrega el artículo 28 bis, que se centra en los casos de amparo por mora, un mecanismo legal que surge cuando la administración pública no resuelve un trámite dentro del tiempo estipulado.

Más cambios

La nueva disposición establece que cuando se sentencia un amparo por mora, el Tribunal deberá identificar al funcionario que actuó de modo negligente. Al identificarlo, el funcionario será declarado responsable solidario, y condenado a pagar las costas y honorarios del expediente.

Con la propuesta de la legisladora, cada empleado público que complique un trámite, deberá pagar de su propio bolsillo los gastos ocasionados.

De esta manera, con el proyecto de Mercedse Llano se busca un mecanismo que tienda a omitir la ineficiencia y la omisión en la administración pública, al tiempo que se busca fomentar un ejercicio más fluido y responsable dentro de la función pública.