Por qué cuestionan los cambios en el Código Procesal Penal
El Gobierno implementó seis artículos, aprobados en el Congreso en el 2014. Establecen, entre otras cosas, que una pena solo puede ser ejecutada cuando queda firme
10 Febrero de 2021 - 13:13
10 Febrero de 2021 - 13:13
10 Febrero de 2021 / Ciudadano News / Política
Este miércoles, el Poder Ejecutivo oficializó la decisión de la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal acerca de la operatividad de seis artículos, que establecen que una pena solo puede ser ejecutada cuando queda firme.
Se trata de los artículos 366, 367, 368, 369, 370 y 375, que serán implementados en "los tribunales con competencia en materia penal de todas las jurisdicciones federales del territorio nacional y en todos los tribunales de la Justicia Nacional Penal".
Así lo precisa la resolución 1/2021, publicada en el Boletín Oficial, que de esta forma avanza en la implementación de la ley 27.063 del Código Procesal Penal Federal, sancionada en 2014.
Entre otras, el texto lleva las firmas de las legisladoras mendocinas Anabel Fernández Sagasti y Marisa Lourdes Uceda, del Frente de Todos.
Con esto, hay quienes advierten que los imputados por actos de corrupción terminarán siendo beneficiados.
Lo cierto es que aseguran que no se están realizando modificaciones sino que solo se se han puesto operativos los artículos ya previstos.
En Mendoza, por ejemplo, este martes tuvo lugar un fallo histórico, en contra del exintendente de Guaymallén, Luis Lobos (PJ), acusado de enriquecimiento ilícito. Se aplicó por primera vez la Ley 9.151 de Régimen Procesal de la Acción Civil de Extinción de Dominio y la Justicia ordenó la quita de inmuebles.
Entre los considerandos, se explica que esto es necesario para "evitar que se generen situaciones de desigualdad ante la ley para los justiciables, así como un impacto diferencial en litigios seguidos contra el Estado argentino en organismos supranacionales".
Además, se busca "la unificación de los criterios para el ejercicio de ese derecho en todo el sistema de administración de justicia que depende del Estado nacional, a la vez que la adecuación del ordenamiento jurídico interno a los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos con jerarquía constitucional, en particular, a la Convención Americana sobre Derechos Humanos".
Por otra parte, el artículo 375 establece que solo podrán ser ejecutadas las sentencias firmes.
En diálogo con El Ciudadano, la penalista Marta Nercellas resaltó en que el foco de discusión no debería centrarse en los artículos en cuestión sino en "la propia vigencia de la Comisión (Bicameral) y la forma en que está realizando su tarea".
"El verdadero problema es que una comisión del Poder Legislativo esté tomándose atribuciones que son de todo el Poder Judicial", explicó y agregó que, además, diseccionó "el Código Procesal y puso en vigencia algunos artículos, a su conveniencia, de acuerdo con los distintos momentos institucionales, todos tendientes a aumentar la concentración del poder y aumentar la impunidad".
Y remarcó: "Se habla de sentencia firme, en un código que tarda 100 años en tenerla, cuando la sentencia firme en el código nuevo se refiere a un proceso rápido, ya que el juicio es totalmente oral. Estamos hablando de otro instituto totalmente diferente, que se lo injerta en un procedimiento vetusto está vigente en la Capital Federal".
Por otro lado, indicó que "la prisión preventiva sigue vigente en el código reformado, ya sea por peligro de fuga o entorpecimiento de la investigación. Incluso, cuando se dicta la sentencia en la sentencia en el tribunal oral, ese tribunal puede tomar medidas cautelares, como la detención, para que la persona no pueda evadir el resultado final".
En coincidencia con Nercellas, el diputado nacional Luis Petri (UCR), aseveró en su cuenta de Twitter que "la puesta en vigencia de 6 artículos del Código Procesal Penal por parte de una Comisión Bicameral que no tiene facultades legales para hacerlo, busca otorgar más beneficios, más recursos y facilidades de pago de la condena a corruptos condenados por la Justicia".