La Corte Suprema rechazó otorgarle la licencia a Ariel Lijo, con los votos de García Mansilla, Rosatti y Rosenkrantz, mientras que Ricardo Lorenzetti no votó, frente a lo cual el Gobierno dijo que insistirá en el Senado para la aprobación de los pliegos.
¿Cómo sigue el proceso para ser juez del máximo tribunal? Andrés Gil Domínguez, abogado constitucionalista, respondió la pregunta en Círculo Político (de 14 a 16 por FM 91.7, Ciudadano News Radio y Twitch), y explicó: "La Corte es un ámbito administrativo, y aplicando un precedente de 1975 consideró que era incompatible el ejercicio de cargo de juez de primera instancia designado por la Constitución con el cargo de juez de la Corte Suprema de Justicia en comisión, y no era posible otorgarle la licencia extraordinaria que había pedido el doctor Ariel Lijo como juez de primera instancia para asumir como juez de la Corte".
Entonces, a partir de esta circunstancia, añadió que "le quedan dos caminos a Lijo: uno renunciar a su cargo de juez de primera instancia, con lo cual estaría en las mismas condiciones de García Mansilla, tendría que asumir en comisión; y la otra es esperar ya que el Senado le otorgó, mediante los dos tercios, el acuerdo correspondiente el pliego que se elevó, y que está en condiciones de ser tratado por el plenario. Desde el punto de vista jurídico no hay otra lectura".
Pero sumó otra mirada: "Desde el punto de vista política es un triunfo de la dupla Rosatti- Rosenkrantz versus Lorenzetti en esta guerra interna que tienen por la apreciada presidencia de la Corte que ocupa Horacio Rosatti".
Tanto Lijo como García Mansilla fueron propuestos por el mecanismo regular, y a su vez designados en comisión por un mecanismo excepcional, que es el decreto. Gil Domínguez, entonces, remarcó que "el Senado, en el marco del mecanismo regular debe tratar el pliego, y si no obtienen dos tercios en los miembros presentes, entonces no van a ser jueces de la Corte Suprema". Pero con este mecanismo excepcional, que es la designación en comisión por decreto, "el Senado también puede con mayoría simple en cualquier momento rechazar la designación, puede no decir nada y que la designación dure hasta el 30 de noviembre o puede en ese periodo con dos tercios de los miembros presentes aprobar o ratificar dicho nombramiento de comisión, en la medida que antes no haya sido rechazados los pliegos en el procedimiento regular".
Una Justicia llena de vacantes
El gobierno ha elaborado una lista de 160 propuestas para cubrir cargos vacantes en la justicia federal, por ese llamativo número de cargos, lo que indica que hay mucho camino por delante en nombramientos judiciales, y que no solo el máximo tribunal estaba necesitando recomponerse.
"Eso resiente el funcionamiento de la justicia y la protección de los derechos y de las personas", consideró el constitucionalista, y consultado sobre si esto hace pensar en una sorda batalla entre la política para la cobertura de los cargos, aclaró: "No debería ser así, pero no depende de nosotros. Depende del Poder Ejecutivo y del Senado y depende de los acuerdos a los cuales se lleguen. "Nosotros tenemos una constitución pensada para que las fuerza políticas con representación popular dialoguen y acuerden, no está pensada para fuerzas políticas que ven en el otro un enemigo".

