Diputados convirtió en ley el proyecto de Economía del Conocimiento
La Cámara Baja le dio sanción final al proyecto que había regresado desde el Senado.
8 Octubre de 2020 - 09:02
8 Octubre de 2020 - 09:02
8 Octubre de 2020 / Ciudadano News / Política
En horas de la madrugada de este jueves, la C&-que-le-hizo-anuel--que-le-hizo-anuel--que-le-hizo-anuel-aa-tuneo-su-lamborghini-de-manera-muy-insolita-tuneo-su-lamborghini-de-manera-muy-insolita-tuneo-su-lamborghini-de-manera-muy-insolitacute;mara Baja de la Nación convirtió en ley el proyecto de Economía del Conocimiento.
Tuvo el aval del Frente de Todos y de los interbloques provinciales -Unidad para el Desarrollo, Federal y Movimiento Popular Neuquino, entre todos ellos sumaron 133 votos, por otro lado 88 integrantes de Juntos por el Cambio se abstuvieron y finalmente dos diputados de la Izquierda, dos del PRO y Graciela Camaño, de Consenso Federal, fueron los cinco votos negativos que tuvo la propuesta.
Hay que destacar que el proyecto original de Economía del Conocimiento, fue aprobado en el pasado mes de junio en Diputados pero luego fue modificado en Senado. Recién la semana pasado había regresado a la Cámara Baja para su sanción definitiva con la aceptación de las modificaciones que se le hicieron al texto.
La principal diferencia entre ambas sanciones radicaba fundamentalmente en el escalonamiento de los beneficios a las empresas según su volumen, ya sean grandes, medianas o pequeñas.
El principal objetivo de esta ley es buscar promover mediante incentivos fiscales, hasta el año 2029, a las empresas y emprendedores en el diseño, adaptación y desarrollo de producción software y servicios afines a las nuevas tecnologías. Estará vigente desde el 1 de enero del 2020 hasta el 31 de diciembre de 2029 Las actividades involucradas son: la producción audiovisual en formato digital, la industria del software, la biotecnología, bioinformática e ingeniería genética, nanociencia y nanotecnología, industria aeroespacial, satelital e ingeniería para la industria nuclear Podrán adherirse a los beneficios de esta nueva ley, las empresas constituidas en la Argentina pero también aquellas habilitadas para trabajar en el país Para poder tener beneficios, las empresas adheridas deberán acreditar que el 70% de su facturación del último año esté vinculadas a las actividades promovidas En caso de que se trate de un desarrollo nuevo, deberán acreditar fehacientemente el desarrollo de las actividades promovidas Aquellos inscriptos que inviertan en capacitar a personas desocupadas menores de 25 y mayores de 45 años o mujeres que accedan por primera vez a un empleo formal, podrán computar por el doble de su valor Es requisito obligatorio realizar exportaciones de bienes de las actividades promovidas en un porcentaje respecto de su facturación total del último año de al menos 4% para las Micro Empresas y 10% para las PYMES y un 13% para las Grandes Empresas Los beneficiarios de la ley podrán convertir en un bono de crédito fiscal intransferible hasta el 70% de las contribuciones patronales que hayan efectivamente pagado