Después de algunos cambios y reformas en políticas fiscales derivadas de la Ley de Emergencia y el proyecto de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ya tiene fechas confirmadas para tener en cuenta durante el inicio del 2020. Los trámites con plazos límite durante el verano rigen mayormente para contribuyentes autónomos. https://www.ciudadanodiario.com.ar/nota/2019-12-16-13-35-29-recategorizacion-monotributo-2020-afip
Los anuncios sobre los días definitivos para la recategorización del monotributo y la declaración jurada de precios de transeferencia se sucedieron entre noviembre y diciembre, al igual que algunas novedades sobre cómo delegar trámites fiscales que requieren clave fiscal. Otro anuncio importante fue el referido a la feria fiscal; periodo de 12 días en el que no habrán vencimientos de AFIP.
VENCIMIENTOS AFIP 2020
RECATEGORIZACION MONOTRIBUTO
DECLARACIONES JURADAS
FERIA FISCAL
RECATEGORIZACIÓN DEL MONOTRIBUTO
Fecha de vencimiento: entre el 1 y el 20 de enero
Trámite: la recategorización del monotributo le corresponde a aquellos contribuyentes autónomos del Régimen Simplificado que, verificando las nuevas categorías del monotributo vigentes desde 2020, descubran que deben cambiarse de escala por el valor de su ingreso anual facturado o estimado. Cabe recordar que el año entrante viene con un aumento del 51,1% en el valor mínimo de cada escala y en el monto mensual a tributar (cuotas).
RECATEGORIZACIÓN DE OFICIO
Las recategorizaciones del monotributo se realizan de forma semestral. El trámite que tiene como fecha límite el 20 de enero corresponde a la primera recategorización del año, en la cual los contribuyentes que se vean afectados por los nuevos valores de las escalas verán tres destinos posibles: 1) mantener su categoría, 2) ser cambiados de categoría de acuerdo a su ingreso anual, 3) ser expulsados del Régimen Simplificado para pasar a formar parte del Régimen General.
La recategorización de oficio es la medida que toma la AFIP en perjuicio de aquellos contribuyentes que, o no realizan el trámite o cuyos ingresos sean mayores a los declarados para pertenecer a cierta categoría. También es aplicable si se cometen errores o se entregan datos imprecisos en la declaración de montos facturados.
VENCIMIENTO DE DECLARACIONES JURADAS
Fecha de vencimiento: entre el 16 y el 20 de marzo
Trámite: La AFIP había anunciado a mediados de este mes que postergaría la fecha límite para la presentación de declaraciones juradas sobre precios de transferencia e importaciones realizadas entre el 31 de diciembre de 2018 y el 30 de junio de 2019.
Este trámite debe ser cumplido por los ciudadanos que deban suministrar información sobre transacciones comprendidas en la Resolución General 1122/2001 de la AFIP, referida a impuesto a las ganancias y declaración de precios de transferencia.
FERIA FISCAL
Una de las fechas a tener en cuenta en este verano es la de la Feria Fiscal. Con el objetivo de alivianar la tarea de profesionales económicas, la AFIP determinó que desde el 27 de enero hasta el 7 de febrero de 2020 no habrá vencimientos. En consecuencia, todas las declaraciones y obligaciones fiscales afectadas por vencimientos podrán ser presentadas en término hasta el 14 de febrero.