Brindar las claves voluntariamente, ¿exime al banco de su responsabilidad?
Una mujer de 65 años fue engañada por ciberdelincuentes y la Cámara II en lo Civil y Comercial de La Plata falló a su favor
18 Octubre de 2022 - 09:25
18 Octubre de 2022 - 09:25
18 Octubre de 2022 / Ciudadano News / Nacionales
La justicia de La Plata sentó precedentes en un caso de phishing que tuvo a una docente jubilada como víctima. Como tantas otras personas, la mujer brindó su usuario y contraseña bancaria por teléfono, con la excusa de actualizar claves, pero fue estafada.
Todo ocurrió en el 2020, cuando una jubilada de 65 años, oriunda de Quilmes, recibió un llamado de un supuesto empleado del Banco Provincia. Confiando en que debía actualizar sus claves, brindó sus datos y no solo le vaciaron la cuenta, en la cual tenía $9.000 que le habían depositado en concepto de un adelanto de haberes, sino también solicitaron un préstamo a su nombre, por $264.000.
El crédito personal se esfumó, apenas se acreditó. Fue transferido a cuatro cuentas con las que nunca había operado, sin su consentimiento.
La mujer decidió no cruzarse de brazos. Presentó una denuncia penal y le solicitó al banco que dejara de cobrar las cuotas del préstamo que habían solicitado.
Luego de una larga jurisprudencia, que comenzó con las medidas cautelares que fueron otorgadas por jueces de La Plata, sumado al relato de los hechos, la justicia falló a favor de la víctima.
Según indicó a El Interactivo, de Ciudadano News, el abogado de la mujer, Marcelo Szelagowski, a partir de este y más casos similares los bancos se pusieron más rigurosos a la hora de otorgar créditos, además de que ya no son acreditados en 48 horas hábiles de su solicitud.
"Con eso se frenó mucho el phishing en cuanto al otorgamiento de créditos, sin embargo, la imaginación de los ciberdelincuentes es infinita y a lo largo del tiempo todo esto se ha ido prolongando, sobre todo ahora lo que tenemos es gran cantidad de caso de phishing en materia de dólar", puntualizó.
Señaló que la víctima, en este caso, ya había pagado 18 cuotas del crédito, pese a que "su sueldo no le alcanzaba".
“En este caso, lo destacable es que la Cámara II en lo Civil y Comercial de La Plata dijo que el hecho de brindar las claves voluntariamente es justamente lo que caracteriza al engaño", detalló, asegurando que el único modo de eximirse de la responsabilidad objetiva es mediante la culpa de la víctima.
Y completó: "La cámara ha dicho que por más que las claves hayan sido otorgadas voluntariamente, eso no exime a los bancos de su responsabilidad, porque a esta altura las medidas de seguridad se encuentran obsoletas y deben ser aggiornadas y actualizadas”.