La Justicia condenó a un joven por abuso sexual contra una adolescente de 16 años, luego concluir que "el silencio o la falta de resistencia" no válida el consentimiento. De esta manera, la Sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal hizo lugar al recurso presentado por el Ministerio Público Fiscal.
En ese momento, 2019, el hombre tenía 25 años y sucedió en el barrio porteño de Balvanera. De este modo, los jueces Daniel Morin y Horacio Días consideraron que Federico Benítez era responsable del delito de "abuso sexual con acceso carnal".
Según la investigación, la víctima concurrió a un boliche ubicado en la avenida Rivadavia al 1900, en el barrio porteño de Balvanera, la madrugada del 9 de febrero de 2019. La adolescente estaba acompañada de sus amigos y el imputado aprovechó para acercarse. Más tarde, la invitó a ir a su auto.
La chica manifestó varias veces que "no", pero Benítez fue insistente. Luego, le agarró el brazo, la llevó hasta el vehículo, trabó las puertas y, ante el shock de la adolescente, abusó sexualmente de ella.
El juez Morin apuntó que "el elemento central a resolver en el caso era si Benítez actuó en contra o sin el consentimiento de la chica". De acuerdo con su voto, Benítez "desplegó conductas concretas que colocaron a la joven en la situación de parálisis y miedo".
"Puede afirmarse -como reclama el Ministerio Público Fiscal- que la acción de Benítez de tomar por el brazo y sacarla del boliche para llevarla hacia su auto, en un contexto donde la joven reafirmó en todas las oportunidades que no quería dejar el establecimiento, constituye un indicador de la presencia de una causal típicamente relevante capaz de coartar el libre consentimiento compaginable con un supuesto de intimidación", señaló el camarista.
Al mismo tiempo, el magistrado consideró que "el cuadro se vio reforzado con la actitud posterior del acusado", que llevó a la joven a su auto, trabó las puertas y sin intercambio previo, abusó de la adolescente.
El juez Horacio Días también coincidió con la postura de Daniel Morin. "La única interpretación razonable del caso muestra que Benítez tomó provecho consciente de que O. no estaba en condiciones de consentir libremente el contacto sexual", concluyó el magistrado.