Con fallo a favor, OSEP recorta beneficios a dos dirigentes gremiales
La Justicia laboral respaldó a la obra social estatal en su decisión de excluir de la tutela sindical a dos representantes, permitiéndole ajustar su estructura interna.
La Obra Social de Empleados Públicos (OSEP) de Mendoza logró un contundente respaldo judicial para avanzar en su proceso de reorganización interna. En una decisión clave, la Justicia laboral autorizó a la institución a excluir de la tutela sindical a dos empleados jerárquicos, lo que habilita la eliminación de un adicional económico que ya no se justificaba por razones operativas.
Se trata de Esteban Gustavo Bernardeau, secretario general de SEOSEP y la CTA, y Roberto Obdulio Picchio, congresal de FATSA. Ambos trabajadores, que desempeñaban funciones de jefatura en áreas clave de la obra social, seguían percibiendo un adicional por Tiempo Completo, pese a que la demanda de sus áreas había cambiado drásticamente.
El argumento de OSEP: digitalización y reorganización operativa
La OSEP sostuvo ante la Justicia que el pago de estos adicionales respondía a necesidades específicas del servicio. "El beneficio por Tiempo Completo tenía sentido cuando la estructura operativa lo requería, pero ya no es el caso", explicó un vocero institucional.
La entidad fundamentó que, tras implementar nuevas tecnologías y procesos de digitalización, la disponibilidad horaria extendida de estos agentes dejó de ser necesaria. Así, desde el 1 de julio de 2024, se resolvió no renovar este adicional a varios trabajadores, entre ellos Bernardeau y Picchio.
Sin embargo, debido a su condición de representantes gremiales, la institución no podía modificar unilateralmente sus condiciones laborales, amparadas por la Ley de Asociaciones Sindicales, lo que obligó a acudir a la vía judicial.
El fallo: "No hubo persecución sindical"
La Justicia laboral fue clara en su análisis. La Tercera Cámara del Trabajo de Mendoza, en el caso de Bernardeau, sostuvo que los adicionales "se otorgan y finalizan de acuerdo a las necesidades del servicio", y que no es válido mantenerlos solo por ostentar representación gremial.
En tanto, la Quinta Cámara, al analizar el caso de Picchio, consideró que no hubo persecución gremial, como podrían haber argumentado desde el ámbito sindical. Por el contrario, la resolución destacó que las razones técnicas y operativas eran válidas, y que el propio empleado "reconoció que la administración tiene facultad para otorgar o quitar adicionales".
Incluso se remarcó un punto clave: la digitalización de expedientes hizo innecesaria la disponibilidad de los trabajadores fuera del horario habitual.
Un precedente para la reestructuración estatal
La decisión marca un precedente importante para otras instituciones del Estado que buscan reorganizar sus estructuras sin violar derechos sindicales. En este caso, la Justicia entendió que no se trató de una medida arbitraria ni persecutoria, sino de una adecuación necesaria a una nueva realidad operativa.
Con este fallo, OSEP da un paso firme hacia la optimización de recursos, apuntando a una gestión más eficiente, pero con respaldo legal y sin vulnerar derechos sindicales.