La Cámara de Casación Penal resolvió este jueves mantener al exministro Julio De Vido en el penal de Ezeiza, tras rechazar el recurso presentado por sus abogados, Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro. La decisión contó con los votos mayoritarios de los jueces Guillermo Yacobucci y Javier Carbajo, mientras que el juez Mariano Borinsky se pronunció a favor de otorgar el beneficio al exfuncionario kirchnerista.
Argumentos de la defensa
La defensa de De Vido fundamentó el pedido en que el exministro tiene 76 años, superando el umbral de los 70 años previsto por la ley para solicitar la domiciliaria. Asimismo, detallaron que padece afecciones crónicas como diabetes, hipertensión y problemas cardíacos, alegando que el servicio penitenciario no provee la medicación (insulina) ni la dieta adecuadas para su cuadro clínico.
Sin embargo, el tribunal recordó que alcanzar los 70 años no garantiza automáticamente la prisión domiciliaria. Los magistrados determinaron que, para acceder a este beneficio, se debe demostrar fehacientemente que la permanencia en prisión pone en riesgo la vida del condenado, algo que consideraron que la defensa no logró probar satisfactoriamente.
Contexto de la condena
Julio De Vido se encuentra detenido desde el pasado 13 de noviembre, luego de que la Corte Suprema de Justicia dejara firme su condena por la Tragedia de Once. El hecho, ocurrido el 12 de febrero de 2012, resultó en la muerte de 51 personas cuando un tren de la línea Sarmiento chocó en la estación terminal tras fallar sus frenos.
Actualmente, el exministro cumple su sentencia en el penal de Ezeiza, donde alega que su avanzada edad y su condición de diabético son motivos suficientes para recibir el beneficio que la justicia le acaba de denegar.

