Producción y Contingencias Climáticas

Mendoza declara Emergencia y Desastre Agropecuario por heladas y granizo: alcances y beneficios

El Gobierno provincial, a través del Ministerio de Producción, oficializó la medida para el ciclo agrícola 2025/2026, abarcando a productores de las regiones Centro, Este, Norte y Sur que registraron daños significativos en sus cultivos

Por Martín Gastanaga

emergencia agropecuaria — prensa mendoza

A través del Decreto N.º 125, el Gobierno de Mendoza formalizó el estado de Emergencia Agropecuaria y Desastre Agropecuario en diversos departamentos de la provincia. Esta decisión se fundamenta en los informes técnicos de la Dirección de Contingencias Climáticas, basados en las denuncias de productores y verificaciones en el territorio tras las heladas y tormentas de granizo ocurridas durante el ciclo actual.

Vigencia y criterios de clasificación

La normativa establece plazos diferenciados de vigencia según el fenómeno climático que afectó la producción. Para los casos de heladas, el periodo de vigencia comprende desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 31 de marzo de 2027. En cuanto a los daños por granizo, el estado de emergencia o desastre rige desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de marzo de 2027.

Una tormenta con caída de granizo se abatió este lunes por la tarde sobre áreas cultivadas del departamento de San Rafael.

La distinción entre los dos estados depende directamente del nivel de daño sufrido:

Estado de Emergencia Agropecuaria: Se aplica a productores que registren daños de entre el 50% y el 79% de su producción.

Estado de Desastre Agropecuario: Corresponde a aquellos casos donde las pérdidas son iguales o superiores al 80% de la producción.

Zonas afectadas por región

La declaración alcanza a distritos específicos en las cuatro zonas productivas de la provincia:

Región Centro: Incluye distritos de San Carlos (como Chilecito, La Consulta y Eugenio Bustos), Tunuyán (incluyendo Los Sauces y Vista Flores) y Tupungato (como Gualtallary y Cordón del Plata).

Región Este: Abarca zonas de Junín, La Paz, Rivadavia, San Martín y Santa Rosa.

Región Norte: Comprende distritos de Las Heras, Lavalle, Luján de Cuyo y Maipú.

Región Sur: Incluye diversas áreas de General Alvear (como Alvear Oeste y Bowen) y San Rafael (incluyendo Cañada Seca, Cuadro Nacional y Rama Caída, entre otros).

Beneficios para los productores damnificados

Para acceder a los beneficios previstos por la Ley N.º 9083 (artículos 11 al 26), los productores deben obtener el Certificado de Daños otorgado por la Dirección de Contingencias Climáticas. Esta acreditación les permitirá acogerse a los regímenes de ayuda establecidos para mitigar el impacto económico de las contingencias climáticas en el sector primario.