Compras en el exterior

Comenzó a regir la ampliación del límite a US$3.000 y la eliminación de aranceles

El Gobierno nacional aumentó el máximo para adquirir bienes en el extranjero. Las compras menores a US$400 no abonarán aranceles.

Por Ciudadano.News

Las compras menores a US$400 no abonarán aranceles. — Foto generada con AI

Comienza a implementarse los cambios anunciados por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) que elevó a US$3.000 el monto para las compras del exterior por medio de Prestadores de Servicios Postales (PSP) y Courier. Los primeros US$400 no pagarán aranceles.

La ex AFIP publicó la resolución 5.608 en el Boletín Oficial que habilita las modificaciones. "Esta medida responde a la necesidad de facilitar y agilizar el comercio exterior, adaptando las normativas a las demandas actuales del sector", informaron.

Los cambios que entraron en vigencia fueron impulsados por la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía y de acuerdo a lo que precisó ARCA, rige para bienes adquiridos "para uso personal".

Las compras de hasta US$400 no pagarán aranceles

La nueva resolución, además de aumentar de US$1.000 a US$3.000 de compras en el exterior, se permite importar bienes por hasta US$400 sin pagar aranceles. "En estos casos, los productos solo abonarán IVA", explicaron. 

"Este cambio busca promover un entorno más dinámico y accesible para las operaciones comerciales, tanto con fines comerciales como personales", informaron desde ARCA, que se encarga de coordinar operaciones de la Dirección General de Aduanas (DGA).

Una vez realizada una compra en el exterior hay que declararla en ARCA para continuar recibiendo el beneficio. 

Cómo registrar una compra en el exterior en ARCA

  • Una vez que se realizó una compra hay que ingresar en la página de ARCA.
  • Ingresar a la sección de "Envíos Postales Internacionales" para declarar la recepción de la mercadería.
  • Si en los 30 días corridos de haber recibido no se hace el registro de la mercadería, la persona no podrá volver a utilizar el beneficio.
  • El trámite puede realizarse a nombre de una persona humana como jurídica. Se necesita tener acceso a un medio de pago habilitado para comprar en el exterior. Se requiere tener CUIT y la clave fiscal con nivel de seguridad 2.

Con información de Ámbito