Programa Acompañar | ¿Cuándo cobro noviembre 2021?

El beneficio está dirigido a personas en situación de violencia de género de todo el país.Conocé la fecha estimada del inicio del pago 

Compañar

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ya inició el calendario de pagos de noviembre, pero algunos planes, programas o beneficios no tienen una fecha definida por terminación del Documento Nacional de Identidad (DNI) como el Programa Acompañar.

Se estima que quienes son beneficiaros del programa, que está destinado a mujeres y personas del colectivo LGBTIQ+  en situación de violencia de género cobren después del 15 de noviembre, ya que no hay un cronograma de pago y se paga en días distintos promediando el mes.

Cuánto y por cuánto tiempo se paga 

El monto a pagar por mes es equivalente a un Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). En septiembre se definió el aumento en tres tramos para el salario, lo que significa que a medida que se incrementa, por ello es que por el Programa Acompañar cobrarán de $31.938. 

El encargado de realizar los pagos es ANSES, que se acreditan en la cuenta bancaria informada solo durante 6 meses consecutivos. Después de ese tiempo se deja de recibir la ayuda económica.

Además se abona por única vez, o sea que si una persona accedió y lo cobró por seis meses, no podrá renovar su inscripción. Sin embargo, podrá pasar a otros programas.

Presenté la documentación, cuándo cobro

Cuando se presenta toda la documentación y fue aprobada la entrada al programa, se empieza a recibir la ayuda económica a los tres o cuatro meses dependiendo el caso. Como cada situación es particular, se analiza cada caso para otorgar la asistencia.

En caso de necesitar asesoramiento hay que escribir a acompanar@mingeneros.gob.ar

También podés comunicarte con la Línea 144 a través de un llamado al 144, escribir por WhatsApp al 1127716463 o por mail a linea144@mingeneros.gob.ar.

Quiénes pueden cobrarlo

Asignación Universal por hijo. Asignación Universal por Embarazo para Protección Social. Asignación por hijo con discapacidad. Monotributo Social. Trabajo registrado bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.  

Quiénes no pueden cobrarlo

Ingresos por trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, monotributo y régimen de autónomos (excepto monotributo social). Subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgada por el Estado nacional. Jubilaciones, Pensiones o Retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales, o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Pensión Universal para el Adulto Mayor dispuesta por el Decreto N° 894/2016. Prestación por desempleo.