Sigue el calendario de pagos de ANSES para todos los beneficiarios y aún quedan prestaciones que deben cobrar a fin de mes, de las cuales una tiene aumento. Sin embargo, no se trata de la actualización por la fórmula de movilidad.
El Fondo de Desempleo, que alcanza a personas que perdieron sus trabajos y cumplen los requisitos, también se debería incrementar en enero. Además, la posibilidad de anotarse sigue abierta.
A continuación detallamos cuándo se paga la prestación por desempleo, cuáles son los montos, quiénes pueden acceder y cómo anotarse en 2025.
¿Cuándo se cobra el seguro de desempleo?
El plan 2 se abonó desde el lunes 6 de enero hasta el viernes 10 de enero para todas las terminaciones de documento. En cambio, el plan 1 tiene el siguiente cronograma oficial:
- DNI terminados en 0 y 1 > miércoles 22 de enero
- DNI terminados en 2 y 3 > jueves 23 de enero
- DNI terminados en 4 y 5 > viernes 24 de enero
- DNI terminados en 6 y 7 > lunes 27 de enero
- DNI terminados en 8 y 9 > martes 28 de enero
De todas formas, siempre es importante recordar que la fecha y lugar de cobro se puede consultar en Mi ANSES o Mi Argentina.
Montos del fondo de desempleo enero
Las cifras de cobro varían de acuerdo a cada beneficiario, su antigüedad antes de perder el empleo y el salario que tenía. Sin embargo, de acuerdo al decreto oficial, también se rige por el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) y sus actualizaciones.
El monto de la prestación debe ser equivalente al 75% del neto de la mejor remuneración de la persona en los 6 meses anteriores al cese de contrato de trabajo que dio lugar a la situación de desempleo. Por ese motivo, la cifra de cada titular será distinta.
Sin embargo, también se estableció que no puede ser menor al 50% de un SMVM y tampoco superior al 100% del mismo, es decir que no puede superar el salario vigente. Así, en enero este tope será de $279.718, mientras que el mínimo alcanzará un valor de $139.859, de acuerdo a los últimos aumentos establecidos.
Por último, cabe recordar que el seguro de desempleo es compatible con la Asignación Familiar por Hijo (SUAF), lo que significa que quienes ya la recibían, continuarán cobrando. Esto, a su vez, implica un aumento más, ya que SUAF tiene el 2,43% de aumento y se eleva a $47.776 por hijo o $155.565 por discapacidad dentro del tramo 1.
¿Cuáles son los requisitos para acceder?
Algunas condiciones son distintas de acuerdo con el tipo de trabajo que tenía la persona, si estaba en relación de dependencia dentro de la Ley de Contrato de Trabajo 24.013 o bien, si era trabajador de la construcción enmarcado en la Ley 25.371. Por relación de dependencia los requisitos son:
- Trabajadores permanentes > tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
- Trabajadores eventuales y de temporada > haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.
A su vez, ANSES aclara que las personas que sean titulares deberán estar atentas a las citaciones por WhatsApp, correo electrónico o a través del recibo de cobro que envíe el Ministerio de Capital Humano, ya que son asistencias obligatorias.
¿Cómo anotarse en el fondo de desempleo?
Los interesados pueden iniciar el trámite en Atención Virtual o pedir turno en la página web y asistir en el día y horario asignados para hacer el trámite de forma presencial. Para eso deben llevar DNI y toda la documentación que respalde la falta de empleo en original y copia.
Por eso se recomienda guardar todo tipo de documentos: telegrama, contrato, alta o baja laboral, recibos de sueldo, entre otros. Una vez que se gestiona, debería cobrarse a los 45 días. Sin embargo, hay que recordar que en general hay un período de 90 días hábiles para hacer el trámite.
Importante: las personas que renuncian a su trabajo no pueden acceder a la prestación de desempleo. Además, desde el 2023 también puede acceder el personal del servicio doméstico en caso de despido.