Alternativas

Cómo acceder al Fondo de Desempleo y cuándo se cobra en octubre

Montos actualizados según el aumento del salario mínimo, fechas de pago y todos los requisitos. Además, cómo hacer el trámite por internet o de forma presencial.

María Emilia Iglesias

Por María Emilia Iglesias

15 Octubre de 2024 - 10:27

El programa sigue vigente para personas despedidas.
El programa sigue vigente para personas despedidas. Ciudadano News

15 Octubre de 2024 / Ciudadano News / ANSES

A medida que avanza el calendario de pagos de ANSES para octubre 2024, se acerca el día de pago de muchos beneficiarios, entre ellos los titulares del Fondo de Desempleo, que en general se paga a fin de mes.

Si bien casi todos están cobrando con el 4,17% de aumento, esta prestación es abonada por el organismo pero depende también del Ministerio de Capital Humano y sus montos no se rigen por la fórmula de movilidad, sino por otros factores.

A continuación detallamos estos y otros datos a tener en cuenta, cómo acceder a la prestación por desempleo, cuánto pagan y cuándo se deposita en octubre.

¿Cuándo se cobra el Fondo de Desempleo?

El programa tiene dos cronogramas distintos de acuerdo al momento en el que hicieron el trámite. El plan 1 se acreditará con este calendario:

  • DNI terminados en 0 y 1 > lunes 21 de octubre
  • DNI terminados en 2 y 3 > martes 22 de octubre
  • DNI terminados en 4 y 5 > miércoles 23 de octubre
  • DNI terminados en 6 y 7 > jueves 24 de octubre
  • DNI terminados en 8 y 9 > viernes 25 de octubre

En cambio, el plan 2 se pagó desde el miércoles 2 de octubre hasta el jueves 10 de octubre para todas las terminaciones de documento. De todas formas, la fecha se puede consultar en la sección 'Cobros' de Mi ANSES.

En cuanto a la duración, las cuotas van de 2 a 12 meses, pero se extiende 6 meses más para las personas mayores de 45 años que en dicho período no consiguieron otro trabajo.

¿Cuál es el monto del subsidio por desempleo?

Las cifras de cobro varían de acuerdo a cada beneficiario, su antigüedad antes de perder el empleo y el salario que tenía. De hecho, en general se abona el 75% de la mejor remuneración en los últimos 6 meses antes del cese del contrato laboral.

Sin embargo, por decreto se estableció que no puede ser menor al 50% de un Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) y tampoco superarlo. Es por eso que el límite en octubre es de $268.056,50, mientras que el mínimo debería ser de $134.028,25, pero siempre estará atado a los incrementos. El plus es que a los titulares de esta prestación les corresponde seguir cobrando la Asignación Familiar por Hijo (SUAF), que tiene el aumento de ANSES este mes.

¿Cuáles son los requisitos para acceder?

Algunas condiciones son distintas de acuerdo con el tipo de trabajo que tenía la persona, si estaba en relación de dependencia dentro de la Ley de Contrato de Trabajo 24.013 o bien, si era trabajador de la construcción enmarcado en la Ley 25.371. Por relación de dependencia los requisitos son:

  • Trabajadores permanentes > tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
  • Trabajadores eventuales y de temporada > haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.

A su vez, ANSES aclara que las personas que sean titulares deberán estar atentas a las citaciones por WhatsApp, correo electrónico o a través del recibo de cobro que envíe el Ministerio de Capital Humano, ya que son asistencias obligatorias.

¿Cómo hacer el Fondo de Desempleo?

Los interesados pueden iniciar el trámite en Atención Virtual o pedir turno en la página web y asistir en el día y horario asignados para hacer el trámite de forma presencial. Para eso deben llevar DNI y toda la documentación que respalde la falta de empleo en original y copia.

Por eso se recomienda guardar todo tipo de documentos: telegrama, contrato, alta o baja laboral, recibos de sueldo, entre otros. Una vez que se gestiona, debería cobrarse a los 45 días. Sin embargo, hay que recordar que en general hay un período de 90 días hábiles para hacer el trámite.

Importante: las personas que renuncian a su trabajo no pueden acceder a la prestación de desempleo. Además, desde el año pasado también puede acceder el personal del servicio doméstico en caso de despido.

Últimas noticias